• Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: ETHEL HONRUBIA GOMEZ
  • Nº Recurso: 731/2020
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: AURORA MARIA FERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 100/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MAITE ALEJANDRO ARANZAMENDI
  • Nº Recurso: 933/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se debate es si a una trabajadora fija discontinua de una ikastola, que presta servicios como ayudante de cocina entre los meses de septiembre y junio de cada curso escolar con una jornada del 83 %, y a la que se le suspendió su contrato de trabajo por causa del COVID-19 entre 13/03/2020 y 14/06/2020, se le debe computar este periodo como de ocupación cotizada a efectos de la prestación o bien lo que hace es reanudar la prestación reconocida previamente a iniciar su trabajo en el curso. La Sala indica que la normativa especial para el COVID debe aplicársele a la demandante al igual que a otros trabajadores, y por ello ha generado cotizaciones suficientes para que se le reconozca una nueva prestación a los efectos de lo dispuesto en el artículo 269 TRLGSS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
  • Nº Recurso: 648/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- La resolución judicial de instancia ha desestimado la pretensión de la trabajadora demandante, que en materia de despido objetivo solicita de forma principal la calificación de nulo (posteriormente desiste) y/o subsidiariamente improcedente, por cuanto desde la categoría profesional de Ingeniero superior y una antigüedad de 4 de noviembre de 2013, le fué comunicada carta de despido objetivo por causas productivas y/o organizativas con efectos de 1 de septiembre de 2020. La juzgadora de instancia deniega la calificación subsidiaria de improcedencia por cuanto advierte de la realidad de una causalidad productiva global con paralización de varios proyectos, ventas en disminución, todo ello ratificado por la información documentada, así como el interrogatorio de testigos, que desarrolla en el fundamento jurídico segundo. Así como la causalidad organizativa porque el puesto de trabajo de la demandante no se ha amortizado sino que la falta de ejecución de las obras y su paralización ha conllevado la asunción y gestión por otro proyect manager (no contratación externa sino redistribución a los internos), que demuestran finalmente las causalidades objetivas desarrolladas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
  • Nº Recurso: 739/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Soria
  • Ponente: BLANCA ISABEL SUBIÑAS CASTRO
  • Nº Recurso: 145/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: EVA MARIA LUMBRERAS MARTIN
  • Nº Recurso: 9/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ORDINARIO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE EMILIO PIRLA GOMEZ
  • Nº Recurso: 88/2019
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: ANA SANCHO ARANZASTI
  • Nº Recurso: 726/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA CRISTINA GARCIA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1108/2021
  • Fecha: 15/06/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Debe entenderse la mala fe cuando la parte es plenamente consciente de la absoluta inconsistencia de su postura en el proceso y es una conducta dirigida a causar un perjuicio procesal o de otra naturaleza a la contraparte. La temeridadque esté fundada en actuación culposa donde el litigante no actúa maliciosamente, pero su conducta es igual de reprochable y merecedora de la condena en costas, porque está basada en una imprudente o negligente indagación y ponderación de las pretendidas razones que el litigante afirma que le asisten. La nulidad de actuaciones esté condicionada a que concurra una vulneración de una norma procesal concreta y esencial, que haya causado indefensión real la parte, que tiene que haber formulado en tiempo y forma la oportuna protesta, pidiendo la subsanación de la infracción y que la indefensión no haya sido provocada por la parte

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